El Ateneo podrá desarrollar sus actividades en todo el territorio nacional. La Sociedad tiene personalidad jurídica y patrimonio propios. Este último está integrado por el inmueble resultante de la unión de la casa de la calle del Prado número 21 con la de Santa Catalina número 10, según escrituras de compra a favor del Ateneo Científico, Literario y Artístico de Madrid de 31 de diciembre de 1881 y 2 de junio de 1922, respectivamente, por la Biblioteca, mobiliario y enseres que se determinen en el inventario anual de la Institución.
La actividad cultural del Ateneo no está restringida exclusivamente a beneficiar a sus socios, sino abierta a cualquier otro posible beneficiario que reúna las condiciones y caracteres exigidos por la índole de sus propios fines.
Discutido y aprobado en Junta General Extraordinaria del 29 de octubre de 1884; aprobado por el Gobernador Civil de Madrid el 11 de diciembre de 1884 y entró en vigor el 1º de enero de 1885. Reformado el 20 de marzo de 1888, el 30 de diciembre de 1889, el 26 y 30 de mayo de 1890, el 8 de febrero de 1894, el 10 de diciembre de 1898, el 6 de mayo de 1918, el 14 de abril de 1921, el 10 de mayo de 1922, el 10 de mayo de 1923, el 9 de mayo de 1930, el 5 de noviembre de 1984 y el 13 de abril de 1998.
Artículo número 3
Materias relacionadas:
Actividad cultural,
Ámbito territorial,
Personalidad jurídica